RESOLUCIÓN N° 278

16 de septiembre del 2021

TEMA:

Denuncia contra La Red por posible infracción a la ética periodística en el programa “Hola Chile” por expresiones de uno de sus panelistas planteando dudas sobre la forma de ocurrencia de la muerte de un funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile.

TEMAS INVOLUCRADOS:
– Rigor, falta de
– Veracidad
– Sensibilidad a familiares de persona fallecida e institución

ANTECEDENTES:
El Consejo de Ética de los Medios de Comunicación Social de Chile recibió seis denuncias respecto a los dichos del periodista José Antonio Neme Abud, panelista del programa Hola Chile, por expresiones vertidas por él en relación con la muerte, en una actividad del servicio, de un funcionario de la Policía de Investigaciones, insinuando que se podría tratar de un montaje. Expresan que los dichos de Neme fueron ambiguos y sin fundamentos suficientes, además que demostraron falta de empatía con la familia del policía fallecido y con su institución

DESCARGOS:

La Compañía Chilena de Televisión S.A. (La Red) señala en su informe que “Hola Chile” es un programa misceláneo de conversación, y que las expresiones del periodista aludido en la denuncia fueron opiniones sobre hechos generales de interés público. Asimismo, argumentó que el Consejo Nacional de Televisión desestimó las denuncias recibidas en esa instancia, dado que se trataría de una “legítima apreciación de distintos puntos de vista”. En un escrito posterior, presentó los antecedentes de un fallo recaído en una acción de protección, en la cual se estimó que no hubo abuso en el ejercicio de la opinión manifestada por Neme.

CONSIDERANDO:

Que las opiniones que son motivo de las denuncias fueron expresadas en el contexto de un programa misceláneo y dentro de un debate entre los panelistas, en que fueron formulados diversos puntos de vista, por lo cual no cabe censurarlas como una falta a la ética periodística.

Que, sin embargo, no puede olvidarse que la existencia de este Consejo de Ética se debe al expreso propósito de las organizaciones gremiales de los Medios de Comunicación en orden a contar con una instancia de examen de la actuación de esos medios, desde la perspectiva de la autorregulación, con funciones preventivas, represivas y orientadoras, lo que importa que su ámbito de acción va más allá de los marcos estrictamente legales o meramente profesionales, precisamente para responder al encargo que ha recibido, así como para contribuir a mantener el prestigio de los medios y su buena relación con las audiencias. En ese orden de ideas, puede afirmarse que el enfoque ético del Consejo va de la mano tanto de las normas de ese carácter como de los valores que las acompañan, con lo que se permite o se sugiere prevenir escenarios de conflictos éticos que puedan dañar la imagen o la cercanía con la comunidad.

Que si bien, como ya se ha señalado, no ha existido falta a la ética periodística, cabe hacer presente, dentro del enfoque más fino propio de este Consejo, que las expresiones del periodista fueron ambiguas, manifestando una desconfianza vaga y generalizada, que eventualmente puede tener efectos negativos en la audiencia y que reflejan una falta de prudencia en el desempeño del importante rol que le correspondía en el programa en referencia, todo lo cual podría interpretarse como una falta de respeto a los derechos de las personas, particularmente si se tiene en consideración que se estaba frente a una noticia en desarrollo.

Por todo lo expuesto el Consejo acuerda:

Declarar que no existió falta a la ética en el caso motivo de esta denuncia; sin perjuicio de lo cual se sugiere a la Compañía Chilena de Televisión S.A. (La Red) adoptar las medidas preventivas que estime pertinentes para evitar los riesgos de situaciones limítrofes como la analizada en esta resolución.

Resolución pronunciada por los consejeros María José Lecaros Menéndez (presidenta), Francisca Alessandri Cohn, Mercedes Ducci Budge, Lamberto Cisternas Rocha, Jaime Bellolio Rodríguez, Bernardo Donoso Riveros, Ricardo Hepp Kuschel y Joaquín Villarino Goldsmith. Actuó como secretario el Fiscal Sebastián Zárate Rojas

La presente resolución tiene un alcance referido a la ética periodística, y no busca establecer responsabilidades legales, políticas, administrativas o de otra naturaleza. El Consejo de Ética de los Medios de Comunicación es un ente de autorregulación, de naturaleza privada, perteneciente a la Federación de Medios de Comunicación de Chile.

Todas estas resoluciones están disponibles en el sitio Web www.consejodeetica.cl