RESOLUCIÓN N° 266

19 de octubre de 2020

TEMA:

Se reciben dos denuncias por posible falta a la ética periodística de Chilevisión por ilustrar una nota con imágenes de hace dos años, referidas a otros asuntos.

Temas involucrados:
Denuncia  Veracidad Integridad y coherencia de la información Respeto por las personas e instituciones Honradez Dignidad de las personas Imágenes de archivo, uso de  Francesca Mac-May y Antonella Flores Zúñiga recurren a este Consejo por una falta a la ética por parte de Chilevisión: en su noticiario de la noche del lunes 27 de abril, en una nota relacionada con problemas derivados de la cuarentena, sin autorización suya, se utilizaron imágenes que corresponden a un reportaje emitido hace dos años sobre problemas derivados de alergia alimentaria. En esas fotos aparecen los hijos de la primera denunciante, que son asistentes a la guardería infantil de la que es directora  la segunda denunciante. Se exponen momentos reservados de la rutina de los niños. Solicitan sancionar la actuación incorrecta del medio denunciado.

Descargos 
Chilevisión no contestó el requerimiento que le fuera formulado en reiteradas ocasiones a fin de obtener su apreciación del asunto.

Considerandos
Que Chilevisión no tuvo la deferencia de hacer llegar su apreciación de los hechos denunciados, por lo cual deberá emitirse esta decisión con los elementos que proporcionaron las denunciantes;  Que de la revisión de las emisiones televisivas aludidas en las denuncias aparece de manifiesto la efectividad de las mismas; esto es, que se utilizó como material ilustrativo de una nota relativa a efectos de la cuarentena, imágenes correspondientes a otro tema, obtenidas y emitidas por el medio dos años atrás,  las que, para su reedición posterior, correspondería haberlas identificado como imagen de archivo; Que, en tales condiciones, como la imagen que ilustra la nota que se denuncia no se corresponde con la realidad del momento, dicha nota carece de la veracidad que le es exigible, a la vez que vulnera la integridad y credibilidad de la información. Por otra parte, el uso de los materiales gráficos que la ilustran denota falta de respeto a la dignidad de los niños y adultos afectados.  Por lo tanto, el Consejo resuelve que hay falta a la ética periodística.

El medio deberá publicar en su sitio web el extracto de la resolución que se adjunta durante 7 días continuos. Resolución pronunciada por los consejeros María José Lecaros Menéndez (Presidenta), Francisca Alessandri Cohn, Jaime Bellolio Rodríguez, Bernardo Donoso Riveros, Mercedes Ducci Budge, Lamberto Cisternas Rocha, María Elena Gronemeyer Forni, Ricardo Hepp Kuschel y Joaquín Villarino Goldsmith. Actuó como secretaria la Fiscal María Jesús Vial Díaz. La presente resolución tiene un alcance referido exclusivamente a la ética periodística por lo que no busca establecer responsabilidades legales, políticas, administrativas o de otra naturaleza.

El Consejo de Ética de los Medios de Comunicación es un ente de autorregulación y de naturaleza privada perteneciente a la Federación de Medios de Comunicación Social de Chile A.G. Las resoluciones dictadas por el Consejo de Ética de los Medios de Comunicación y ejecutoriadas se publicarán en el sitio web www.consejodeetica.cl María Jesús Vial Díaz Fiscal

 

Extracto Resolución N° 266

Consejo de Ética de los Medios de Comunicación

19 de octubre de 2020

El Consejo de Ética de los Medios de Comunicación recibió dos denuncias por posible falta a la ética periodística en contra de Chilevisión. El medio utilizó imágenes de archivo de dos años de antigüedad en un reportaje de su noticiario relacionado con los problemas de la cuarentena, sin autorización de quien aparece en las imágenes.  Luego de analizar el caso y conocer los descargos del medio, el Consejo de Ética concluyó que se incurrió en una falta a la ética periodística.

La decisión se funda en que las imágenes utilizadas corresponden a otro tema tratado por el canal años atrás, sin identificarlas como imágenes de archivo y sin contar con la autorización. En tales condiciones, la nota carece de la veracidad que le es exigible, además de vulnerar la integridad y credibilidad de la información. Este tipo de conductas denotan una falta de respeto a los involucrados.

Descargar Resolución N° 266