RESOLUCIÓN N° 264

6 de octubre de 2020

TEMA:
Denuncia contra La Red por posible infracción a la ética periodística en la emisión del programa “Hola Chile” con un segmento de Facebook que entrega aseveraciones confusas y sin fundamentos.

Temas involucrados: 
Rigor,  falta de Responsabilidad, falta de Reporteo, falta de  Fuentes,  debilidad de Simulación de ejercicio periodístico Antecedentes Se denuncia la emisión de un segmento informativo dentro del programa Hola Chile, de La Red Televisión, que realiza un contacto en vivo con Juan Antonio Kelly,  administrador de un sitio de Facebook llamado Koncevisión.

Se adjunta link: https://www.lared.cl/2020/programas/hola-chile/llevamos-unasemana-intensa-de-temporal-concepcion-afectado-por-sistema-frontal

Denuncia 
El Colegio de Periodistas, Regional Bío Bío, denuncia que el lunes 29 de junio de 2020 el programa Hola Chile, de La Red Televisión, incurrió en falta a la ética periodística en un contacto en vivo con el administrador de un sitio de Facebook llamado Koncevisión, espacio informativo que simula reporteo informativo en terreno. Sostiene que la emisión es irresponsable porque presenta una sola imagen, acompañada de aseveraciones  confusas y sin fundamentos; e indica que el conductor de Koncevisión se desempeña en la pantalla como si se tratara de un periodista.

Descargos 
La Compañía Chilena de Televisión S.A, (Canal La Red) señala que “Hola Chile” es un programa de corte misceláneo, que aborda diversos temas de la vida cotidiana y noticiosa, incluyendo espacios en vivo, notas de actualidad y temas de la contingencia, entre otros. En el espacio aludido se hace referencia a la lluvia caída en el país y en la región del Bío Bío, que causó anegamientos y cortes de luz. El conductor y administrador del sitio Koncevisión (Facebook), que se autodefine como medio de comunicación social, comentó -por espacio de cinco minutos- cómo se estaba viviendo el mal tiempo en la zona de Concepción y Talcahuano. Este conductor no fue presentado como periodista, sino como administrador del sitio mencionado.

Considerandos
Que los fundamentos de la denuncia no constituyen faltas a la ética periodística;  Que el conducto del sitio denunciado no fue presentado como periodista, sino como administrador del sitio de Facebook, y que como tal está facultado para entregar información y opinión;  Que no es indispensable ser periodista para entregar informaciones u opiniones en un espacio de televisión.

Por lo tanto, el Consejo resuelve que no hay falta a la ética periodística. No obstante, aunque en la emisión no hay faltas evidentes a la ética, es preciso indicar que los contenidos entregados carecían de rigor, de fuentes plurales y fidedignas, y no cumplían los estándares de calidad exigibles.

El Consejo de Ética de los Medios de Comunicación ha sostenido en diversas ocasiones que un trabajo informativo superficial, descuidado y carente de rigor también puede ser constitutivo de faltas a la ética y de responsabilidad con las audiencias. Resolución pronunciada por los consejeros María José Lecaros Menéndez (Presidenta), Francisca Alessandri Cohn, Jaime Bellolio Rodríguez, Bernardo Donoso Riveros, Mercedes Ducci Budge, Lamberto Cisternas Rocha, María Elena Gronemeyer Forni, Ricardo Hepp Kuschel y Joaquín Villarino Goldsmith. Actuó como secretaria la Fiscal María Jesús Vial Díaz.

La presente resolución tiene un alcance referido exclusivamente a la ética periodística por lo que no busca establecer responsabilidades legales, políticas, administrativas o de otra naturaleza. El Consejo de Ética de los Medios de Comunicación es un ente de autorregulación y de naturaleza privada perteneciente a la Federación de Medios de Comunicación Social de Chile A.G. Las resoluciones dictadas por el Consejo de Ética de los Medios de Comunicación y ejecutoriadas se publicarán en el sitio web www.consejodeetica.cl María Jesús Vial Díaz Fiscal

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