RESOLUCIÓN N° 272

27 de enero de 2021

TEMA:
Se denuncia a El Observador de Quillota por posible infracción a la ética periodística en su portada del 14 de agosto de 2020 al acusar a la madre de Ámbar Cornejo de asesina, sin pruebas para ello.

Temas involucrados:
Morbo Veracidad Presunción de inocencia

Antecedentes
El 6 de agosto de 2020 fue encontrado el cuerpo de Ámbar Cornejo, una menor de 16 años que estaba desaparecida, lo que generó una investigación policial, ya que fue hallada en la casa de la pareja de su madre. En este contexto se empezó a cuestionar la posible participación de la madre de Ámbar en el asesinato. Denuncia Marcela Rodríguez Fuentes denuncia el 14 de agosto de 2020 que la portada del diario El Observador, de ese día, incurre en falta de ética, morbo y misoginia extrema al exponer y acusar a la madre de Ámbar Cornejo como una asesina, sin pruebas.

Sin considerar además que ella tiene otro hijo, que sufrirá el impacto de esta publicación que no respeta ningún derecho, que se lucra con el dolor de una familia de escasos recursos. Exige que el medio se retracte y quite el titular. Descargos El medio presentó extensos descargos, sosteniendo que no ha existido falta a la ética. Explica que sus periodistas realizan intenso trabajo en terreno, recogiendo numerosos testimonios y recorriendo los lugares de ocurrencia de los hechos, todo lo cual les permite formarse opinión y expresarla en sus artículos o reportajes de manera responsable. En este caso, los hechos posteriores a esa publicación han demostrado que los indicios iniciales se confirmaron con la posterior formalización de la madre de Ámbar.

En lo pertinente al titular, agrega, éste no afirma, sino que se limita a una pregunta, lo que estaba en concordancia con el trabajo en terreno hasta ese momento.  Acompaña las sucesivas publicaciones del diario que demuestran, en su opinión, el tipo de trabajo realizado por sus periodistas. Considerandos – – – Que la denuncia es de un titular redactado con interrogantes — “¿Sabía la mamá de Ámbar que estaban asesinando a su hija?”—con una bajada que dice “…las sospechas que la apuntan como cómplice”; Que el resto del material que acompaña este titular no tiene elementos que se reprochen; Que hay un reporteo cuidadoso, cercano y detallado de la situación;  Por lo tanto, el Consejo resuelve que no hay transgresión a la ética periodística.  Sin perjuicio de lo resuelto y en concordancia con los principios generales que rigen el ejercicio del periodismo, se insta al Diario El Observador de Quillota a extremar sus cuidados para que sus entregas informativas consideren especialmente el principio de inocencia que beneficia a todas las personas mientras no sean condenadas. Se recomienda revisar el Dictamen N° 13 de este Consejo, sobre periodismo de investigación. Resolución pronunciada por los consejeros María José Lecaros Menéndez (Presidenta), Francisca Alessandri Cohn, Jaime Bellolio Rodríguez, Bernardo Donoso Riveros, Mercedes Ducci Budge, Lamberto Cisternas Rocha, Ricardo Hepp Kuschel y Joaquín Villarino Goldsmith. Actuó como secretario la Fiscal María Jesús Vial Díaz.

La presente resolución tiene un alcance referido exclusivamente a la ética periodística por lo que no busca establecer responsabilidades legales, políticas, administrativas o de otra naturaleza. El Consejo de Ética de los Medios de Comunicación es un ente de autorregulación y de naturaleza privada perteneciente a la Federación de Medios de Comunicación Social de Chile A.G. Las resoluciones dictadas por el Consejo de Ética de los Medios de Comunicación y ejecutoriadas se publicarán en el sitio web www.consejodeetica.cl María Jesús Vial Díaz Fiscal

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