RESOLUCIÓN N° 270

4 de diciembre de 2020

TEMA:
Se denuncia a El Mercurio de Antofagasta por posible infracción a la ética periodística en la nota titulada “Las voces de Jenny” por afectar la vida privada de una persona vulnerable, que sufre esquizofrenia y vive en situación de calle.

Temas involucrados:
Vida privada, derecho a Fuentes, uso de Propia imagen, derecho a Dignidad de la persona Antecedentes  En el suplemento Domingo, del diario El Mercurio de Antofagasta, se publica un reportaje, a página completa, titulado “Las voces de Jenny”. En él se da cuenta de la vida de Jenny narrada por su madre, dos de sus hermanas, ex compañeras de colegio y personas que trabajan en servicios municipales. La infancia de Jenny transcurre en Bolivia. Su madre la deja junto a otras seis hermanas para buscar trabajo en el norte de Chile. Poco tiempo después pierde también a su hermana mayor, quien se va a estudiar a otra ciudad. Se narra la llegada de Jenny a Calama, ya con un diagnóstico de esquizofrenia. Se describe el abandono de sus estudios, la mala relación con su familia, su caída en la droga, su embarazo, el abandono de su hijo, su vida en la calle y el deterioro de su salud mental. El reportaje finaliza aludiendo a la falta de establecimientos adecuados para internarla, con algunas líneas sobre las cifras de personas con este tipo de enfermedades mentales en Chile y los escasos recursos económicos que el Estado aporta para ellas.

El reportaje va acompañado de dos fotografías: una es de su primera comunión en la que está acompañada de una persona mayor; en la segunda aparece con otros dos niños. La narración es siempre desde la mirada de las personas que la conocen.

Denuncia
Álvaro Figueroa denuncia que el reportaje narre la historia de una persona vulnerable, con esquizofrenia, “individualizada e identificada con su nombre completo”, en el que se incluye dos fotografías de su niñez.  El denunciante dice que “el reportaje, que podría ser un espacio de divulgación, denuncia, investigación e incluso de entretención, termina siendo un relato discriminatorio, morboso y tremendamente doloroso”.  Añade que podría haberse abordado la denuncia al sistema de salud o el abandono de los migrantes, pero que esta nota se limita a hacer un relato de la vida de una persona vulnerando su espacio íntimo.  Agrega, finalmente, que un reportaje semejante no se haría respecto de personas no vulnarables.  Descargos En sus descargos el medio indica que el reportaje fue una colaboración del periodista del Hogar de Cristo, Matías Concha, institución que constantemente les hace llegar reportajes y entrevistas que “tratan temas de vulneraciones social, que afectan a los sectores más excluidos, materias a las cuales siempre damos amplia cobertura”. Agrega que, de acuerdo a lo conversado en su oportunidad con el profesional, y refrendado recientemente en conversaciones del medio con la familia de Jenny, estas personas prestaron toda la colaboración (incluídas las fotografías) para que fuera publicada la vida de Jenny.

Que el objetivo del diario fue alertar a las autoridades para que ayudaran a la joven y sensibilizar a la comunidad regional, y nunca estigmatizarla, denigrarla o atentar contra su honra.

Considerandos
Que el reportaje es informativo, está sólidamente reporteado, aporta datos verificables y relevantes, emplea una variedad de fuentes fiables y cercanas;  que pone claramente el foco en dar cuenta de la vida de una persona con esquizofrenia, agravada aparentemente por una situación familiar y social de extrema vulnerabilidad; y – que la nota cierra con datos que aportan un contexto, como es la falta de apoyo presupuestario de organismos estatales para estos casos y el crecimiento de las cifras de mujeres en situación de calle en los últimos años. Por lo tanto, el Consejo resuelve que no hay transgresión a la ética periodística. Este Consejo valora las razones para dar a conocer realidades de este tipo al público.  Pero dado que el reportaje se centra en la narración sobre una persona que queda individualizada por su nombre y por el uso de imágenes de su vida pasada y privada, se insiste en el cuidado que se debe prestar a la dignidad de cada persona al informar.

Esta dignidad requiere de mayores cuidados mientras mayor sea la vulnerabilidad de la persona involucrada en el trabajo periodístico. Es indispensable que se utilicen los altos estándares consensuados para la protección de la intimidad. Se reitera también la necesidad de que los medios expliquen a su audiencia las razones de sus decisiones editoriales en casos como este, sobre todo respecto del debido consentimiento, que es ineludible cuando se adentra en la intimidad y el dolor de una persona, y cuando puede preverse que su cobertura sea mal interpretada. Resolución pronunciada por los consejeros María José Lecaros Menéndez (Presidenta), Francisca Alessandri Cohn, Jaime Bellolio Rodríguez, Bernardo Donoso Riveros, Mercedes Ducci Budge, María Elena Gronemeyer Forni, Lamberto Cisternas Rocha, Ricardo Hepp Kuschel y Joaquín Villarino Goldsmith. Actuó como secretario la Fiscal María Jesús Vial Díaz. La presente resolución tiene un alcance referido exclusivamente a la ética periodística por lo que no busca establecer responsabilidades legales, políticas, administrativas o de otra naturaleza. El Consejo de Ética de los Medios de Comunicación es un ente de autorregulación y de naturaleza privada perteneciente a la Federación de Medios de Comunicación Social de Chile A.G.

Las resoluciones dictadas por el Consejo de Ética de los Medios de Comunicación y ejecutoriadas se publicarán en el sitio web www.consejodeetica.cl María Jesús Vial Díaz Fiscal

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